Micelio

Artículo 17

Ley 1149 De 2007 Legislación Anterior [ Mostrar ] Artículo 81

Decreto 2158 de 1948 · Sobre procedimiento en los juicios del trabajo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Derogado.

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 17.Intervención del Ministerio Publico en favor de los incapaces.- El Ministerio Publico intervendrá en los juicios de trabajo en que sea parte un incapaz, cuando este no tenga quien lo represente.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2158 de 1948