Las personas que hayan prestado, a juicio del Ministerio de Relaciones Exteriores y previo informe al respecto del Gobernador del Departamento, servicios importantes al país, que le hayan traído el aporte de talentos distinguidos; que hayan introducido industrias o invenciones útiles, o que hayan creado en el territorio nacional establecimientos industriales o explotaciones agrícolas de importancia podrán obtener carta de naturaleza, aun cuando no llenen en su totalidad las condiciones prescritas en los artículos 4° y 6°.
Ley 22 de 1936 →Vigente
Artículo 8
Ley 22 de 1936 · por la cual se reforman y adicionan las disposiciones relativas a la naturalización de extranjeros
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.