Micelio

Artículo 29

Decreto 1492 de 1994 · por el cual se aprueban los estatutos Sociales de Fiduciar-Fiduciaria Popular S.A.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Reuniones. La Junta Directiva se reunirá en forma ordinaria por lo menos mensualmente y, además, cuantas veces lo disponga la misma Junta o sea citada por el Presidente, por el Revisor Fiscal o por dos de sus miembros que estén actuando como principales. Las reuniones se efectuarán en el domicilio social o en el lugar que, para casos especiales, acuerde la misma Junta por unanimidad. De las reuniones se elaborarán actas transcritas en un libro registrado para tal efecto en la Cámara de Comercio del domicilio social; y en ella se dejará constancia de la fecha, hora y lugar de la reunión, el nombre de los asistentes, con indicación de su carácter de principales o suplentes; los asuntos tratados, las decisiones adoptadas y el número de votos emitidos en favor, en contra o en blanco; las constancias escritas dejadas por los asistentes; las designaciones efectuadas, y la fecha y hora de clausura. Las actas serán firmadas por el Presidente de la reunión y el Secretario que hubiere actuado en ella. Las decisiones se tomarán por mayoría absoluta. La Junta podrá delegar en dos o más personas de su seno la revisión y aprobación de las actas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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