Micelio

Artículo 25

División De Evaluación

Decreto 203 de 2004 · por el cual se modifica la estructura de la Superintendencia de Valores.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

División de Evaluación . Son funciones de la División de Evaluación las siguientes

1.

Implementar los mecanismos necesarios para el cumplimiento de las políticas institucionales en relación con el ejercicio de la facultad sancionatoria.

2.

Apoyar la práctica de visitas acorde con las instrucciones del Superintendente Delegado para Investigaciones.

3.

Participar en la evaluación de los informes de visita y de los hechos que conforme a la ley puedan ser susceptibles de investigación, que sean trasladados o informados a la Delegatura para Investigaciones por las demás Delegaturas de la Superintendencia de Valores.

4.

Recomendar al Superintendente Delegado para Investigaciones la adopción de las medidas sancionatorias y/o cautelares cuya imposición le corresponda, cuando a su juicio tales medidas resulten pertinentes en las actuaciones administrativas sancionatorias que adelante.

5.

Velar por la adecuada conformación, protección y reserva legal de los expedientes contentivos de las actuaciones administrativas a cargo de la Delegatura para Investigaciones.

6.

Controlar e impulsar el desarrollo de las actuaciones administrativas sancionatorias que deban surtirse en las investigaciones a cargo de la Delegatura, con observancia de los términos y formalidades legalmente establecidos para ello.

7.

Atender y resolver las consultas, derechos de petición y quejas que formulen los investigados y el público en general sobre aspectos que competen a la división.

8.

Las demás que se le asignen y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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