Micelio

Artículo 12

Ley 24 de 1932 · Por el cual se provee a la construcción del acueducto y alcantarillado de la ciudad de Santa Marta

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los contratos que celebre el Gobierno para la construcción de las obras de que trata esta Ley, sólo requieren para su validez de la aprobación del Presidente de la República, previo dictamen favorable del Consejo de Ministros.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 24 de 1932