Micelio

Artículo 13

Decreto 476 de 1889 · Orgánico del Ministerio de Fomento

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 13. El Servicio del Ministerio de Fomento se distribuye en cuatro Secciones que se denominarán por su numeración ordinal y á cada una de las cuales corresponderá el estudio de los asuntos que se le designan en los siguientes artículos. El número de Secciones puede aumentarse ó disminuirse como lo ordene la ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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