º . Créase la Comisión de Acción para la Paz, como organismo coordinador y consultivo del Gobierno Nacional en la definición y ejecución de la política de paz, adscrita al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, la cual estará integrada en la siguiente forma: - El Alto Comisionado para la Paz de la Presidencia de la República, quien la presidirá. - El Ministro de Gobierno o su delegado. - El Ministro de Justicia y del Derecho o su delegado. - El Gerente General de la Red de Solidaridad Social o su delegado. - El Consejero Presidencial para los Derechos Humanos. - El Consejero Presidencial para la Política Social. - El Consejero Presidencial para la Defensa y Seguridad Nacional.
El Alto Comisionado para la Paz coordinara las actividades de la Comisión.