º El Comité al que se refiere el artículo anterior estará integrado de la siguiente manera
El Superintendente de industria y Comercio o su delegado, quien lo presidirá.
El Director del Instituto Colombiano de Comercio Exterior, o su delegado.
Un delegado del Ministerio de Obras Públicas, designado por el Ministro del ramo.
Un delegado del Departamento Nacional de Planeación, designado por el Jefe del Departamento.
La Secretaría Técnica del Comité estará a cargo del Jefe de la División de Programación Sectorial del Ministerio de Desarrollo Económico.
Cuando el Comité lo estime conveniente podrá citar a sus reuniones a funcionarios de otros organismos o entidades oficiales e invitar a representantes del sector privado.