Micelio

Artículo 2

El Comité Al Que Se Refiere El Artículo Anterior Estará Integrado De La Siguiente Manera: 1

Decreto 2744 de 1983 · por el cual se crea el Comité Asesor para la renegociación de los contratos de ensamble de vehículos automotores.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El Comité al que se refiere el artículo anterior estará integrado de la siguiente manera

1.

El Superintendente de industria y Comercio o su delegado, quien lo presidirá.

2.

El Director del Instituto Colombiano de Comercio Exterior, o su delegado.

3.

Un delegado del Ministerio de Obras Públicas, designado por el Ministro del ramo.

4.

Un delegado del Departamento Nacional de Planeación, designado por el Jefe del Departamento.

Parágrafo 1

La Secretaría Técnica del Comité estará a cargo del Jefe de la División de Programación Sectorial del Ministerio de Desarrollo Económico.

Parágrafo 2

Cuando el Comité lo estime conveniente podrá citar a sus reuniones a funcionarios de otros organismos o entidades oficiales e invitar a representantes del sector privado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2744 de 1983