Micelio

Artículo 1

Decreto 1239 de 1966 · Por el cual se promulga el Acta de Rumichaca

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Promúlgase el Acta de Rumichaca, contentiva del Programa de Integración Fronteriza Colombo-Ecuatoriana suscrita en el Puente Internacional de Rumichaca el día 12 de marzo de 1966, por los Jefes de Estado de Colombia y Ecuador que a la letra dice: Los Jefes de Estado de Colombia y del Ecuador, reunidos en el Puente Internacional de Rumichaca, convencidos de que el concepto esencialmente dinámico de la interdependencia de las naciones lleva implícito el de la Integración Económica y Social, y de que las relaciones comerciales entre Colombia y el Ecuador, países miembros de la Asociación Latinoamericana de Libre Comercio (ALALC), deben superar el marco del intercambio tradicional y fortalecerse mediante entendimientos oportunos y recíprocamente satisfactorios: En atención a que el proceso de la integración regional se ha iniciado ya con el Tratado General de Integración Económica Centroamericana (SIECA) y la Asociación Latinoamericana de Libre Comercio (ALALC), que tiene por finalidad el desarrollo solidario de nuestros pueblos, en respuesta a los graves problemas que confrontan; Conscientes de que la consecusión de esos objetivos impone la creación de nuevos espacios económico-sociales a través de una acción conjunta y coordinada; En vista de que el Banco Interamericano de Desarrollo presentó a consideración de los Gobiernos de Colombia y del Ecuador el informe intitulado "Hacia un Programa de Integración Fronteriza Colombo-Ecuatoriana": Teniendo en cuenta que la Tercera Reunión de la Comisión Permanente de Integración Económica Colombo-Ecuatoriana llevada a cabo en Bogotá entre los días 24 y 29 de enero del presente año, con base en el antedicho informe formuló una serie ordenada de conclusiones que se identifican con un esquema de desarrollo integrado de las zonas limítrofes; Seguros de que tanto la adopción del informe del Banco Interamericano de Desarrollo como las Recomendaciones de la Tercera Reunión de la Comisión Permanente de Integración Económica Colombo-Ecuatoriana, y la ejecución consiguiente de los programas de inversión, contribuirán ; al progreso económico y bienestar social de las zonas fronterizas del Ecuador y de Colombia, ACUERDAN; Primero. Adoptar el informe del Banco Interamericano de Desarrollo, intitulado "Hacia un Programa de Integración Fronteriza Colombo-Ecuatoriana" como base de la nueva política económica y social a favor de las Provincias del Carchi, Esmeraldas, Imbabura y Ñapo; del Departamento de Nariño y de la Comisaría del Putumayo. Segundo. Incorporar en los Planes Generales de Desarrollo del Ecuador y de Colombia el Programa y los Proyectos contemplados en el informe antes mencionado. Tercero. Aunar los máximos esfuerzos a fin de asegurar la pronta y cabal ejecución de dichos programas y proyectos. Cuarto. Expedir o recomendar las reformas de legislación y procedimientos que fueren necesarios y revisar sus políticas comerciales, a fin de otorgar incentivos suficientes a las actividades productivas y asegurar la participación efectiva del sector privado en el Programa de Integración Fronteriza. Quinto. Promover y coordinar proyectos de desarrollo de las comunidades indígenas de las zonas fronterizas, tendientes a mejorar su nivel de vida y a incorporarlas al pro-ceso económico de los dos países. Sexto. Tomar las medidas adecuadas a fin de darle aplicación al Convenio de Sanidad Agropecuaria de la Organización Bolivariana (OBSA) y al Convenio Cultural firmado por los dos paires el once de junio de 1958. Séptimo. Dar aplicación práctica' a la reglamentación acordada en Canje de Notas, efectuado en fecha 3 de enero del presente año relativo a problemas de los indocumentados en la zona fronteriza. Octavo. Adelantar los estudios para la construcción del nuevo Puente internacional de Rumichaca y el mejoramiento de las vías de acceso. Noveno. Ejecutar, en el plazo de cinco años, e incluir en los respectivos presupuestos anuales, el Programa de Integración Fronteriza que comprende los siguientes proyectos comunes y unilaterales de sentido integracionista, mediante el aporte de recursos locales y la ayuda financiera externa: Integración Fronteriza Colombo-Ecuatoriana Proyectos Comunes. Costo a/ (En miles de US$) Electrificación Total Divisas 1.1.1 Ampliación de las instalaciones en el área andina de Nariño C 3.400 2.300 1.1.2 Central Hidroeléctrica de San Miguel de Car E 960 385 1.1.3 Sistema de transmisión Tulcán-Ibarra-Cayambe E 1.825 1.000 Carreteras. 1.2.1.1 Rectificación Panamericana Patía-Rumichaca C 10.000 2.000 Rumichaca-Cajas E 10.000 2.160 1.2.1.3 Rectificación Pasto-Tumaco C 1.370 340 1.2.1.4 Rectificación Pasto-Mocoa C 1.500 380 1.2.1.6 Conexión Panamericana FCQSL E 500 130 Ferrocarriles. 1.2.2.1 Rehabilitación FCQSL. 2.000 1.500 Puertos. 1.2.3.1 Mejoras de Tumaco C 500 103 1.2.3.2 Mejoras de San Lorenzo E 800 600 Aeropuertos. 1.2.4.1 Ampliación aeropuerto Pasto C 1.400 350 1.2.4.2 Ampliación aeropuerto Tumaco C 30 - 1.2 4.3 Construcción aeropuerto San Lorenzo E 130 50 1.2.4.4 Mejoramiento aeropuerto Tulcán E 560 50 Telecomunicaciones. 1.2.5.1 Enlace directo Colombia-Ecuador. CE 145 50 1.2.5.2 Telefonía urbana CE 600 450 Agua Potable y Alcantarillado 1.3.1 Agua potable para ciudades C 1.030 150 1.3.2 Agua potable para poblaciones C 900 220 1.3 3 Alcantarillado p'araciudades C 1.165 - 1.3.4 Alcantarillado para poblaciones C 600 - 1.3.5 Agua potable para ciudades E 1.910 1.120 1.3.6 Agua potable y alcantarillado para ciudades E 846 416 Salud. 1.4.1 Obras asistenciales y preventivas C 590 200 1.4.2 Construcción de Centros Médicos E 2.500 1.250 Educación. 1.5.1 Universidades de Nariño C 715 150 1.5.2 Instituto Tecnológico Industrial C 620 300 1.5.3 Colegio Gómez de la Torre E 220 50 Agricultura y Ganadería. 2.1.1 Crédito Agropecuario CE 10.000 1.000 2.1.13 Colonización de San Lorenzo Lita E 470 70 Industrialización . 2.2.1 Fondo de Inversiones Industrales CE 5.000 2.500 2.2.2 Mejoramiento de talleres artesanales CE 500 400 Bosques. 2.4.1 Crédito forestal CE 4.003 800 Preinversiones 3.1 Investigación de recursos naturales CE 1.000 350 3.2 Elaboración de proyectos (incluye el estudio de la carretera Tumaco San Lorenzo) CE 1.000 350 Gran total 69.586 21.171 Total Colombia 23.820 6.490 Total Ecuador 23.521 8.781 Mixtos 245 5.900 a/ El costo total incluye la suma de gastos que deben efectuarse en el país (mano de obra y materiales locales) más los gastos que deben pagarse con divisas (maquinaria y materiales importados, asesoría técnica extranjera, etc.). Estos últimos se muestran separadamente bajo la denominación "Divisas''. Integración Fronteriza Colombo-Ecuatoriana Proyectos de Colombia. Carreteras. 1.2.1.5 Ipiales-Río Guamúes 1,709 595 Aeropuertos. Ampliación Aeropuerto Ipiales . Agricultura y Ganadería. 2.1.2 Colonización Valle del Guamúes 750 150 2.1.3 Cría de ovinos en Nariño 115 80 2.1.4 Desarrollo de la lechería en Nariño 3.083 2.163 2.1.5 Fomento ganadero en Nariño 1.600 600 2.1.6 Fomento ganadero en Putumayo 350 130 2.1.7 Avenamiento del Valle de Sibundoy 2.509 500 Industrialización. 2.2.3 Colmenas industriales 100 60 2.2.5.1 Matudero frigorífico de Pasto 800 250 2.2.5.2 Planta de cemento 2.000 1.600 2.2.5.3 Industria licorera de Nariño 700 150 Empacadora de camarones (Tumaco) Pesca. 2.3.1 Flota pesquera 100 80 13.795 6.355 a/ El costo total incluye la suma de gastos que deben efectuarse en el país (mano de obra y materiales locales) más los gastos que deben pagarse con divisas (maquinaria y materiales importados, asesoría técnica extranjera, etc.). Estos últimos se muestran separadamente bajo la denominación "Divisas". Integración Fronteriza Colombo-Ecuatoriana Proyectos del Ecuador. Agricultura y Ganadería. 2.1.8 Riego Distrito Montúfar 3.600 720 2.1.9 Riego Distrito Salinas 1.909 300 2.1.10 Fomento garnadero 500 300 2.1.11 Riego de Ambuquí. 865 175 2.1.12 Colonización San Lorenzo Río Mataje 1.500 220 Industrialización. 2.2.4 Parques industriales 140 80 2.2.5.4 Matadero frigorífico de Tulcán 800 400 2.2.5.5 Conservas y harinas de pescado. 600 400 2.2.5.6 Madera contrachapada 600 400 2.2 5.7 Pulpa y papel kraft 8.000 5.000 2.2.5.8 Empacadora de camarones 270 95 18.575 8.170 a/ El costo total incluye la suma de gastos que deben efectuarse en el país (mano de obra y materiales locales) más los gastos que deben pagarse con divisas (maquinaria y materiales importados, asesoría técnica extranjera, etc.). Estos últimos se muestran separadamente bajo la denominación "Divisas". Las tasas de conversión monetaria para financiar todos los proyectos contemplados en el presente ordinal noveno serán las convenidas con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) Décimo. Establecer el siguiente régimen institucional: I Secretaría Mixta Técnico-Administrativa. 1.° Será obligación primordial y permanente de la Secretaría Mixta Técnico-Administrativa velar por el desarrollo del Programa de Integración Fronteriza en todos sus aspectos y por la ejecución de los proyectos específicos, teniendo como basé el informe del Banco Interamericano de Des arrollo intitulada "Hacia un programa de Integración Fronteriza Colombo-Ecuatoriana" las recomendaciones fiel Consejo de Integración y do las Subcomisiones Mixtas, y de los mandatos do la Comisión Permanente de Integración Económica Colombo-Ecuatoriana. 2.° Será también obligación de la Secretaria Mixta Técnico-Administrativa el examen del intercambio fronterizo y la proposición, a través del Consejo de Integración Fronteriza y de las Subcomisiones Mixtas de Integración Económica de un régimen dinámico que contemple entre otros, los procedimientos aduaneros y de comprobación de precios, y tienda a ordenar e incrementar el comercio en las regiones fronterizas señaladas en el informe del BID. 3 ° Para esos fines, tendrá las siguientes funciones y atribuciones

a)

Examen de las condiciones socio-económicas generales de la región:

b)

Estudio de las inversiones de interés común para las zonas fronterizas;

c)

Análisis de las situaciones monetaria, crediticia y cambiaría imperantes en la región;

d)

Investigación y análisis de la producción agropecuaria, industrial y minera de las zonas fronterizas;

e)

Estudio de las condiciones del tráfico e intercambio fronterizo;

f)

Organización y mantenimiento del Sistema Estadístico Regional;

g)

Colaboración con entidades públicas en estudios e investigaciones socio-económicas de la región;

h)

Preparación de programas y proyectos conjuntos o unilaterales de desarrollo:

i)

Promoción de inversiones de interés común para las zonas fronterizas coordinando su acción con lo organismos nacionales que tienen a su cargo el trámite de los créditos internos y externos:

j)

Proposición de estímulos fiscales y crediticios para los proyectos de inversión que fueren considerados de interés pura el desarrollo integrado de la región;

k)

Supervisión de la ejecución y adelanto del programa de integración fronteriza y de los proyectos específicos de sentido integracionista: 1) Presentación de fórmulas que faciliten los movimientos de capital a corto y largo plazo; m) Delineamiento de la política general de integración fronteriza; n.) Preparación del reglamento de intercambio fronterizo de mercaderías; 0) Formulación de medidas tendientes a mejorar los medios de comunicación y su posible integración en el área fronteriza para el debido aprovechamiento de_ los sistemas de transporte terrestre, marítimo, fluvial y aéreo; p) Presentación a la Comisión Permanente de Integración Económica Colombo-Ecuatoriana a través del Consejo y de las Subcomisiones Mixtas, de su informe general, estudios proposiciones, planes de trabajo, etc.: 4.° El programa inmediato de labores de la Secretaria Mixta Técnico-Administra ti va comprende: a) Elaboración de proyectos de reglamentos orgánico-funcionales de la Secretaría Mixta Técnico-Administrativa y del Consejo de Integración Fronteriza; b) Investigaciones y estudios básicos para la preparación del Reglamento de Intercambio Fronterizo en relación especial con el tráfico de mercaderías; c) Estudios básicos y proporción de la mejor alternativa para la creación de un organismo financiero común de ámbito fronterizo, como etapa primera hacia el objetivo de llegar a una institución en que participen los países de la Gran Colombia, y , d) Iniciación del Sistema Estadístico Regional con la actualización de los datos contenidos en el informe del Banco Interamericano de Desarrollo, propósito para el cual podrá solicitar la asistencia técnica del Instituto Interamericano 5.° Mixta Técnico-Administrativa contará, inicialmente con el siguiente personal directivo: Un representante por Colombia y un representante por el Ecuador, quienes constituirán la directiva de la Secretaría 'n que será asesorada por el Consultor Técnico del Banco Interamericano de Desarrollo. El Secretario Ejecutivo será designado por el Consejo de Integración Fronteriza, de entre los representantes de la Directiva Y alternativamente. 6.° El personal auxiliar por caerá país será el siguiente: Dos Economistas, un Asesor Jurídico, un Ingeniero Civil un Ingeniero Agrónomo, una Secretaria, un Portero. Además, formarán parte del personal auxiliar, un Veterinario y un Estadístico designado por cualquiera de los dos Países. 7.°El presupuesto anual de la Secretaría Mixta Técníco-Administrativa se fija en la cantidad de ciento cincuenta mil dólares (USS 18-0.000) y será susceptible de revisión por parte de la Comisión Permanente de Integración Económica Colombo-Ecuatoriana. El presupuesto anual será financiado en partes iguales por los dos Gobiernos mediante entrega de cuotas semestrales adelantadas. 8.° Transitoriamente y para el año de 1966. la Secretaria Mixta Técnico-Administrativa dispondrá de un presupuesto que suma ochenta y siete mil quinientos cuarenta dólares(US$ 87 540 00) y se distribuye en las siguientes partidas: Personal US$ 59.040.00 Inversiones 16.500.00 Funcionamiento 73.000.00 Fondo de Investigaciones 5.000.00 US$ 87.540.00 9.°La Sede de la Secretaría Mixta Técnico-Administrativa será alternativa por períodos anuales, en las capitales del Departamento de Nariño y de la Provincia del Carchi comenzando en la de ésta. II Consejo de Integración Fronteriza. 1.°El Consejo de Integración Fronteriza se constituirá así; Dos representantes de la Comisión Permanente de Integración Económica Colombo-Ecuatoriana (uno por cada país); Dos representantes de los Organismos Nacionales de Planificación «uno por cada país); El Gobernador de Nariño; El Comisario del Putumayo: Dos Ejecutivos de las Provincias Fronterizas del Ecuador; Los miembros de la Directiva de la Secretaría Mixta Técnico-Administrativa; Los Cónsules de Colombia en Tulcán y del Ecuador en Pasto: Pos representantes del sector privado de la zona colombiana, y Dos representantes del sector privado cié la zona ecuatoriana. 2.° Las Provincias del área fronteriza ecuatoriana (cuatro) deberán alternar .semestralmente sus representantes en el Consejo, manteniendo así la igualdad entre los dos países. Los representantes de! sector privado serán elegidos entre los dirigentes de las entidades locales de fomento. La Presidencia del Consejo será ejercida alternativamente por representantes de los dos países. 3.° El Consejo sesionará bimestralmente y su sede será la de la Secretaría Mixta Técnico-Administrativa. 4.° El Consejo de Integración Fronteriza tendrá las siguientes funciones y atribuciones: si Aprobación de su reglamento y del de la Secretaria Mixta Técnico-Administrativa, con base en los proyectos por ésta elaborados; b) Supervisión de la ejecución y adelanto del programa de integración fronteriza y de los proyecto específicos de sentido integracionista: c) Examen de los estudios, proposiciones, planos e informes de la Secretaria Mixta Técnico-Administrativa, y, con su opinión, elevarlos a resolución de la Comisión Permanente de Integración Económica Colombo-Ecuatorir.na; d) Consideración anual de los resultados de las actividades e informes del Banco o de la Corporación Financiera Mixta, cuando se hubiere constituido y con su criterio someterlos a resolución de la Comisión Permanente, por conducto de las Subcomisiones Mixtas; e) Asesoría en todos los asuntos que fueren sometidos a su conocimiento o consulta por la Secretaría Mixta Técnico Administrativa, y f) Celebrar Convenios y hacer recomendaciones de intercambio de productos de las zonas fronterizas sujetos a la aprobación cíe los respectivos Gobiernos. III Subcomisiones Mixtas de Integración Económica Colombo-Ecuatoriana. 1.° Las Subcomisiones Mixtas de Integración Económica Colombo-Ecuatoriana funcionarán en las ciudades de Quito y Bogotá y en ellas estarán representados: El Ministerio de Relaciones Exteriores; la Embajada correspondiente; el Ministerio de Industria y Comercio en el Ecuador, y el Organismo Oficial de Comercio Exterior en Colombia; y el Ministerio de Finanzas en el Ecuador; y el de Hacienda y Crédito Público en Colombia; El Ministerio de Agricultura y Ganadería en el Ecuador y el de Agricultura en Colombia; el Instituto de Planeación de cada uno de los dos países; el Banco Cent 1 al respectivo, y un representante del sector privado, designado por el Consejo do Integración Fronteriza. 2" Las Subcomisiones Mixtas de Integración Económica Colombo-Ecuatoriana tendrán las siguientes funciones y atribuciones: a) Formulación de un reglamento que regirá "ad referéndum" hasta la unificación y aprobación e:t la próxima reunión de la Comisión Permanente de Integración Económica Colombo-Ecuatoriana; b) Examen de los estudios, proposiciones, planes e informe:; de la Secretarla Mixta Técnico-Administrativa, recibidos a través y con la opinión del Consejo de Integración Fronteriza y llevarlos con su criterio a la Comisión Permanente de Integración Económica Colombo-Ecuatoriana; c) Presentación de recomendaciones acerca de la política general de integración; d) Solicitud a los organismos competentes de estudios de complementación económica e industrial: e) Preparación de fórmulas que permitan a los dos Gobiernos: 1. Eliminar entre los dos países la doble tributación sabré las inversiones y rentas provenientes de éstas, y 2.°Llevar a la práctica el propósito de otorgarse el acceso recíproco y la colocación de los papeles fiduciarios de ambos países en sus Bolsas de Valores. f) Resolución oportuna de los asuntos (pie fueren sometido:' a su consideración por el Consejo de Integración Fronteriza y la Secretaría Mixta Técnico-Administrativa, y g) Presentación anual de informes sobre sus actividades a la Comisión Permanente de Integración Económica Colombo-Ecuatoriana. Undécimo. Constituir un Grupo prenegociador, que se reunirá alternativamente en las ciudades de Quito y Bogotá antes ele la fecha prevista para la iniciación de los períodos de sesiones ordinarias de la Conferencia de la Asociación Latinoamericana de Libre Comercio (ALALC), con el propósito de adelantar las negociaciones de concesiones arancelarias que se otorgarán Colombia y Ecuador, dentro de los regímenes que contempla el Tratado de Montevideo. Duodécimo. Los Gobiernos de Colombia y del Ecuador se comprometen a crear las instituciones y organismos mixtos necesarios para el cumplimiento del programa de integración fronteriza y a financiar sus presupuestos de personal y de operación, con la colaboración del Banco Interamericano de Desarrollo. Decimotercero. Los Gobiernos de Colombia y del Ecuador se obligan a asignar los recursos que fueren necesarios para poner en marcha de manera progresiva los proyectos que incluye el Programa de Integración Fronteriza, Decimocuarto. Los' dos Gobiernos se comprometen a incluir en los presupuestos anuales, a partir de la próxima vigencia, las contrapartidas necesarias en sus respectivas monedas nacionales cual demande la ejecución de los proyectos de inversión de dicho programa. En fe de lo cual los Jefes de Estado de Colombia y del Ecuador suscriben los presentes Acuerdos en dos ejemplares del mismo teneor e igualmente auténticos, en el Puente Internacional de Rumichaca, a los doce días del mes de marzo de mil novecientos sesenta y seis (12-111-1966). GUILLERMO LEON VALENCIA Presidente de la República de Colombia. Contraalmirante, Ramón Castro Jijón. Presidente. General de División, Luis Cabrera Sevilla. General de División. Marcos Gandara Enriques, miembros de la Junta Militar de Gobierno de la República del Ecuador. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

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