La presente ley deroga la Ley 62 de 1939 y sus Decretos Reglamentarios 803 de 1940 y 1751 de 1947, así como los artículos 9° al 13 del Decreto 1222 de 1986 y 20 al 27 del Decreto 1333 de 1986 y 29 y 30 de la Ley 962 de 2005 y todas las normas que le son contrarias. Esta ley rige a partir de su fecha de publicación en el Diario Oficial.
Ley 1447 de 2011 →Vigente
Artículo 14
Vigencia
Ley 1447 de 2011 · por la cual se desarrolla el artículo 290 de la Constitución política de Colombia.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
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02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.