Micelio

Artículo 3

Las Importaciones Provenientes De Donaciones De Entidades Extranjeras Con Destino A Institutos Colombianos Oficiales Y Para Uso Educativo O Científico, Estarán Exentas Del Pago De Impuestos Nacionales Y Pueden Realizarse Aun Cuando Se Trate De Artículos Comprendidos En La Lista De Prohibida Importación

Decreto 167 de 1957 · Por el cual se distribuye una apropiación. (Ramo de edificios Nacionales)

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los reembolsos correspondientes a los registros de importación expedidos a favor de los damnificados de Cali a que se refieren los artículos 1° y 2° del Decreto 1998 de 1956, se asimilarán a la deuda comercial pendiente en 31 de diciembre de 1956.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 167 de 1957