Micelio

Artículo 46

Decisión Posterior Sobre Normas Sometidas A Referendo

Ley 1757 de 2015 · por la cual se dictan disposiciones en materia de promoción y protección del derecho a la participación democrática.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las normas que hayan sido derogadas o aprobadas mediante referendo no podrán ser objeto de trámite dentro de los dos años siguientes.

Cuando se trate de referendos aprobatorios o derogatorios de carácter nacional no podrá solicitarse referendo sobre el mismo asunto sino hasta pasados dos años.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 1757 de 2015