Micelio

Artículo 1

º

Decreto 2670 de 2001 · por el cual se delega en el Ministro de Hacienda y Credito Pùblico la facultad para celebrar en nombre de la Nacion dos contratos de empréstito externo.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Delégase en el Ministro de Hacienda y Crédito Público la facultad para celebrar, en nombre de la Nación, dos contratos de empréstito externo destinados a financiar apropiaciones presupuestales prioritarias de las vigencias fiscales 2001 y 2002, así

1.

Con el Banco Interamericano de Desarrollo, BID, Programa Sectorial de Reforma Social, por la suma de trescientos noventa millones de dólares (US$390.000.000) de los Estados Unidos de América; y

2.

Con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, BIRF, Préstamo de Ajuste Estructural Fiscal, por la suma de cuatrocientos millones de dólares (US$400.000.000) de los Estados Unidos de América.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2670 de 2001