° Para los fines del artículo anterior, se entiende por
Candidato, la persona que haya sido inscrita para ser elegida en cualquiera de las corporaciones o los cargos de elección popular.
Dirigente político, la persona que haya sido elegida o designada para dirigir o integrar los órganos de gobierno y administración de un partido o movimiento político.
Periodista, la persona que en forma habitual, remunerada o no, se dedique en un medio de comunicación social al ejercicio de labores intelectuales, en los términos del inciso 1° del artículo 2° del Decreto 733 de 1976.