Micelio

Artículo 3

Modifícase El Artículo 19 Del Decreto Número 2013 De 2012, El Cual Quedará Así: “artículo 19

Decreto 652 de 2014 · por medio del cual se modifica el Decreto número 2013 de 2012.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Modifícase el artículo 19 del Decreto número 2013 de 2012, el cual quedará así: “Artículo 19. De la financiación de las acreencias laborales y de la liquidación. El pago de las indemnizaciones, acreencias laborales y gastos propios del proceso Liquidatorio, se hará con cargo a los recursos del Instituto de Seguros Sociales en Liquidación. En caso en que los recursos de la Entidad en Liquidación no sean suficientes, la Nación atenderá estas obligaciones con cargo a los recursos del Presupuesto General de la Nación”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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