Micelio

Artículo 3

º

Decreto 1320 de 1982 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 73 de 1981.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Entre otras funciones a las ligas de consumidores, podrán asignárseles el velar en colaboración con las autoridades por

a)

La eficacia de los organismos y entidades que establezca la ley para la defensa del consumidor, así como por la eficacia de los funcionarios de dichos organismos y entidades;

b)

La observancia de las normas sobre precios dictadas por las autoridades gubernamentales y la racionalidad de los establecidos por los proveedores;

c)

La observancia de las normas sobre tarifas de servicios públicos;

d)

La idoneidad de las calidades de los bienes y servicios que se ofrecen al público y su ajuste a las normas técnicas expedidas por el Gobierno;

e)

La exactitud de las pesas, medidas y volúmenes de los productos y mercancías;

f)

La protección a los arrendatarios de bienes mueble e inmuebles y la observancia de las normas relativas al contrato de arrendamiento;

g)

La conservación y la utilización racional del agua, la fauna, la flora y demás recursos naturales;

h)

La equidad en las condiciones de los sistemas de financiación que se exijan en las operaciones de compraventa o de titilación de bienes y servicios;

i)

El cumplimiento de las garantías ofrecidas por el productor o proveedor;

j)

La promoción de la organización de cooperativas de consumo y sistemas que hagan más eficientes el mercado de los productos;

k)

El impulso a la afiliación de los consumidores a las ligas ya organizadas y a la organización de nuevas ligas;

l)

La prestación en condiciones de equidad y eficiencia de los servicios de mercadeo, salud, educación, transporte y demás que interesen al consumidor;

m)

La denuncia pública y ante las autoridades competentes de todos los hechos constitutivos de infracción penal o policiva que atenten contra los intereses y derechos del consumidor;

n)

El abastecimiento suficiente de los mercados y mantenimiento de una oferta normal de bienes y servicios;

o)

La divulgación de los precios oficiales o racionales que rijan en determinado momento, y

p)

La difusión amplia de los derechos del consumidor de las instituciones y mecanismos existentes para su defensa.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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