Micelio

Artículo 3

º

Decreto 1320 de 1982 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 73 de 1981.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Entre otras funciones a las ligas de consumidores, podrán asignárseles el velar en colaboración con las autoridades por

a)

La eficacia de los organismos y entidades que establezca la ley para la defensa del consumidor, así como por la eficacia de los funcionarios de dichos organismos y entidades;

b)

La observancia de las normas sobre precios dictadas por las autoridades gubernamentales y la racionalidad de los establecidos por los proveedores;

c)

La observancia de las normas sobre tarifas de servicios públicos;

d)

La idoneidad de las calidades de los bienes y servicios que se ofrecen al público y su ajuste a las normas técnicas expedidas por el Gobierno;

e)

La exactitud de las pesas, medidas y volúmenes de los productos y mercancías;

f)

La protección a los arrendatarios de bienes mueble e inmuebles y la observancia de las normas relativas al contrato de arrendamiento;

g)

La conservación y la utilización racional del agua, la fauna, la flora y demás recursos naturales;

h)

La equidad en las condiciones de los sistemas de financiación que se exijan en las operaciones de compraventa o de titilación de bienes y servicios;

i)

El cumplimiento de las garantías ofrecidas por el productor o proveedor;

j)

La promoción de la organización de cooperativas de consumo y sistemas que hagan más eficientes el mercado de los productos;

k)

El impulso a la afiliación de los consumidores a las ligas ya organizadas y a la organización de nuevas ligas;

l)

La prestación en condiciones de equidad y eficiencia de los servicios de mercadeo, salud, educación, transporte y demás que interesen al consumidor;

m)

La denuncia pública y ante las autoridades competentes de todos los hechos constitutivos de infracción penal o policiva que atenten contra los intereses y derechos del consumidor;

n)

El abastecimiento suficiente de los mercados y mantenimiento de una oferta normal de bienes y servicios;

o)

La divulgación de los precios oficiales o racionales que rijan en determinado momento, y

p)

La difusión amplia de los derechos del consumidor de las instituciones y mecanismos existentes para su defensa.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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