La emisión de Títulos de Ahorro Nacional, TAN, con base en las disponibilidades generadas por la redención de títulos en circulación, por cuanto no afecta el cupo autorizado, sólo requerirá la aprobación previa del Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General de Crédito Público -, por solicitud del Banco de la República acompañada de la respectiva certificación de disponibilidad.
Ley 78 de 1989 →Vigente
Artículo 3
Ley 78 de 1989 · por la cual se autorizan unas operaciones de endeudamiento interno y externo de la Nación, una capitalización y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.