Micelio

Artículo 10

Actualización Del Registro Unico Tributario, Rut

Decreto 2788 de 2004 · por el cual se reglamenta el Registro Unico Tributario de que trata el artículo 555-2 del Estatuto Tributario.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Actualización del Registro Unico Tributario, RUT. Es el procedimiento que permite efectuar las modificaciones o adiciones a la información contenida en el Registro Unico Tributario y deberá adelantarse ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, las Cámaras de Comercio o ante las demás entidades facultadas para el efecto. Será responsabilidad de los obligados actualizar la información contenida en el Registro Unico Tributario, la cual deberá realizarse previamente a la ocurrencia del hecho que genera el cambio, sin perjuicio de los términos señalados en normas especiales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2788 de 2004