Articulo 1º La retención en la fuente sobre salarios será un porcentaje fijo de todos los pagos gravables recibidos por el trabajador en efectivo. Este porcentaje solo variará cuando cambien las condiciones de su contrato de trabajo cuando el contribuyente suministre al retenedor la Información prevista en este Decreto que ocasione una variación en el porcentaje de retención. El porcentaje fijo de retención será el que se obtenga de aplicar las tablas que aparecen en el artículo 3º, o el que se derive del procedimiento previsto en el artículo 4º
Decreto 2634 de 1974 →Vigente
Artículo 1
La Retención En La Fuente Sobre Salarios Será Un Porcentaje Fijo De Todos Los Pagos Gravables Recibidos Por El Trabajador En Efectivo
Decreto 2634 de 1974 · Por el cual se reglamenta la Ley 38 de 1969 y se dictan normas relacionadas con retención en la fuente sobre salarios y dividendos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.