Art. único. Dáse de baja en el ejército de la Guardia Colombiana al Capital Praxédis Bermúdez i al Teniente Ignacio Alvarado. Cancélense los despachos i háganse las anotaciones correspondientes.
Decreto 18671003 de 1867 →Vigente
Artículo 1
Decreto 18671003 de 1867 · dando de baja en el ejército a dos Oficiales.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.