Artículo tercero. Se pierde el beneficio de la beca, por cualquiera de las siguientes causas
Mala conducta dentro o fuera del plantel.
Cancelación de la matrícula por cualquier causa.
No asistencia al Colegio o Universidad, sin causa justificativa.
Pérdida del año lectivo.
Terminación de estudios.
Falsedad en cualquiera de las condiciones a que se refiere el artículo anterior.