Micelio

Artículo 30

Utilidad Pública E Interés Social De Proyectos De Hidrógeno Verde

Ley 2169 de 2021 · Por medio de la cual se impulsa el desarrollo bajo en carbono del país mediante el establecimiento de metas y medidas mínimas en materia de carbono neutralidad y resiliencia climática y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Declárese de utilidad pública e interés social los proyectos y/o ejecución de obras para la producción y almacenamiento de hidrógeno verde. Respecto de este tipo de proyectos u obras, el Ministerio de Minas y Energía podrá aplicar de manera particular y concreta la connotación de utilidad pública e interés social, para lo cual expedirá un acto administrativo que tendrá los mismos efectos señalados en la Ley 56 de 1981 y demás normas concordantes, o las que las modifiquen, adiciones o sustituyan.

El Gobierno nacional definirá las condiciones y requisitos para la expedición .del acto administrativo al que se refiere este artículo, así como las causales de su improcedencia.

Parágrafo

El Ministerio de Minas y Energía podrá establecer los requisitos, procedimientos y obligatoriedad del registro de los proyectos de hidrógeno en el sistema de información que para tal efecto designe.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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