º. Con base en el recurso de que trátale artículo anterior, adiciónase, el Presupuesto de Gastos del Fondo Vial Nacional para la vigencia fiscal de 1980 en la cantidad de cuarenta millones de pesos $ 40,000.000 moneda corriente, de acuerdo con la siguiente distribución: Presupuesto de Gastos. Inversión Directa. PROGRAMA 05 Plan de Recuperación de Vías Pavimentadas Artículo (5655) 05 Recuperación de Vías Pavimentadas; Contrapartida BIRF -1471-CO $ 20.000.000 Proyecto 4 Ibagué-La Línea (Tolima) $ 20.000.000 Total Programa 05 $ 20:000.000 PROGRAMA 07 Estudios, Construcción, Reconstrucción y Pavimentación de Carreteras Troncales. Artículo (5665) 10 Troncal Oriental $ 20.000.000 Proyecto 1 Puerto Rico San Vicente (Caquetá) (BID455/SF-CO) 20.000:000 Total Programa07 20.000.000 Total Presupuesto de Gastos $ 40.000.000
Decreto 3341 de 1980 →Vigente
Artículo 2
Con Base En El Recurso De Que Trátale Artículo Anterior, Adiciónase, El Presupuesto De Gastos Del Fondo Vial Nacional Para La Vigencia Fiscal De 1980 En La Cantidad De Cuarenta Millones De Pesos $ 40,000
Decreto 3341 de 1980 · Por el cual se adiciona el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo Vial Nacional de la Vigencia fiscal de 1980, en la cantidad de $ 40.000.000
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.