Hácése la siguiente creación en el Ramo de Correos del Ministerio de Comunicaciones:
Parágrafo
El gasto que demande el cumplimiento del artículo anterior, se imputará al Capítulo 107 artículo 1767 del Presupuesto vigente.
Decreto 2920 de 1953 · Por el cual se hace una creación en el Ramo de Correos
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Hácése la siguiente creación en el Ramo de Correos del Ministerio de Comunicaciones:
El gasto que demande el cumplimiento del artículo anterior, se imputará al Capítulo 107 artículo 1767 del Presupuesto vigente.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.