Micelio

Artículo 304

Decreto 409 de 1971 · por el cual se introducen reformas al Código de Procedimiento Penal y se codifican todas sus normas.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Reserva de las diligencias. Las diligencias de indagación que adelante la policía judicial son reservadas; sólo podrán ser conocidas por el funcionario de instrucción o el del conocimiento, por el respectivo agente del Ministerio Público, y por el apoderado del imputado, cuando haya habido captura. Todos ellos quedan obligados a guardar la reserva en la forma establecida para el sumario.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 409 de 1971