Artículo segundo . Para los fines del Presente Decreto crease la Targeta de Transito, la cual contará de original y duplicado, con las siguientes especificaciones
Nombre y apellido del interesado;
Estado civil;
Edad;
Profesión y oficio;
Nacionalidad;
Lugar de nacimiento;
Domicilio;
Procedencia;
Puerto de entrada y fecha de llegada;
Fecha de salida u puerto;
Numero del pasaporte;
País de destino y clase de visa; ll) Nombre de compañía de transporte (aérea o marítima) y firma del empleado autorizado de la empresa aérea o marítima respectiva;
Firma del Capitán de aeropuerto o puerto y sello respectivo;
Firma del representante del Servicio de Inteligencia Colombiano y sello respectivo; Firma del Cónsul y sello respectivo;
Numero de la targeta, fecha y lugar de expedición.
La Targeta de Transito podrá expedirse también a las personas menores, a cargo y responsabilidad de las mayores con quienes viajen.