Retiro por inasistencia al servicio por más de diez (10) días sin causa justificada. Los Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares serán retirados en cualquier tiempo del servicio activo, por inasistencia al servicio por más de diez (10) días consecutivos sin causa justificada, caso en el cual el retiro se producirá sin perjuicio da la acción penal correspondiente.
Decreto 89 de 1984 →Vigente
Artículo 132
Retiro Por Inasistencia Al Servicio Por Más De Diez (10) Días Sin Causa Justificada
Decreto 89 de 1984 · Por el cual se reorganiza la carrera de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.