º. Corresponde al Ministerio de la Protección Social adelantar todas las acciones, procedimientos, trámites, reclamaciones y demás actividades necesarias para concluir el proceso iniciado mediante el Decreto 01 de 2001 de la entidad suprimida Promotora de Vacaciones y Recreación Social, Prosocial. Para tal efecto, el Ministerio de la Protección Social surtirá los trámites previstos en el Decreto-ley 254 de 2000 y el Decreto 01 de 2001.
Decreto 2151 de 2003 →Vigente
Artículo 1
º
Decreto 2151 de 2003 · por medio del cual se traspasan a la Nación – Ministerio de la Protección Social los bienes, derechos y obligaciones de la Promotora de Vacaciones y Recreación Social, Prosocial.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.