Artículo décimo El examen a que se refiere el artículo séptimo del mencionado Decreto, será practicando en la Facultad de Odontología que escoja el candidato, previa solicitud de la Junta de Títulos Odontológicos. El Jurado estará compuesto de tres examinadores nombrados por la Facultad respectiva, y el examen comprenderá las siguientes pruebas
Teórica de una hora de duración sobre patología;
Práctica de una hora de duración sobre exodoncia;
Práctica de una hora de duración sobre operatoria;
Práctica de una hora de duración sobre prótesis.
El candidato al examen anterior consignará previamente en la Sindicatura de la Facultad respectiva la suma de ciento veinte pesos ($120.00), que se destinará a honorarios de los respectivos examinadores.
Se considerará como calificación aprobatoria la del 60% de la nota máxima en el conjunto de las anteriores pruebas.