Micelio

Artículo 5

Ley 91 de 1936 · por la cual se autoriza la constitución de patrimonios de familia no embargables, con criterio y fines de acción social

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los patrimonios que autoriza esta Ley se entienden constituidos por el registro de la escritura de compraventa del inmueble hecha en la forma establecida por el artículo 18 de la Ley 70 de 1931 , y no causan los impuestos establecidos en el artículo 20 de la misma Ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 91 de 1936