FUNCIONES DE LA DIVISION. Son funciones de la División de Programación y Control Presupuestal
Elaborar, en coordinación con la Dirección General del Presupuesto, la metodología básica para la programación presupuestal de las entidades que realizan la inversión pública.
Coordinar la incorporación a los planes de inversiones públicas de los programas sectoriales que presenten los Ministerios, Departamentos Administrativos y establecimientos públicos al Departamento Nacional de Planeación.
Coordinar la preparación del proyecto anual de Presupuesto de Gastos de Inversión, con base en los planes de inversiones públicas.
Coordinar los ajustes periódicos requeridos en el Plan de Inversiones Públicas y mantener informadas a las dependencias del Departamento sobre las modificaciones presupuestales.
Estudiar los términos y condiciones de financiación señalados en los programas sectoriales y recomendar la distribución de los recursos disponibles y de las diversas fuentes de financiación del Presupuesto Anual de Inversiones Pública.
Participar en las labores de sistematización del Plan de Inversiones Públicas.
Preparar el concepto previo que debe dar el Departamento a la Dirección General del Presupuesto sobre el Proyecto de Presupuesto que el Gobierno debe someter al Congreso Nacional, así como sobre las modificaciones que durante el año se hagan a la Ley de Presupuesto en lo que se refiere a gastos de inversión.
Promover y coordinar la elaboración de informes generales periódicos sobre la programación y ejecución de los planes de inversión pública.
Participar, conjuntamente con la Dirección General del Presupuesto, en el proceso de programación y ejecución del Presupuesto Nacional, en lo referente a gastos de inversión, particularmente en la elaboración de los acuerdos de obligaciones, los acuerdos de gastos y destino de los giros de la Tesorería General de la República. DIVISION DE ESTUDIOS FISCALES Y FINANCIEROS.