Micelio

Artículo 11

Inscripción En El Proceso

Decreto 2715 de 2009 · por el cual se reglamenta la evaluación de competencias de los docentes y directivos docente regidos por el Decreto-ley 1278 de 2002 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Inscripción en el proceso. El docente o directivo docente que aspira a ser reubicado o a ser ascendido realizará la inscripción respectiva dentro del término previsto en la convocatoria, de acuerdo con los procedimientos y requisitos señalados en la misma. Deberá señalar en la inscripción el grado y nivel al que aspira a ser reubicado o ascendido. Una vez efectuada la inscripción no podrá ser modificada. El término para realizar las inscripciones no podrá ser menor de diez (10) días. Para inscribirse en la convocatoria, los interesados deberán adquirir un Número de Identificación Personal (NIP) destinado a sufragar los costos de las pruebas que se apliquen, el cual será suministrado por la entidad que realice la prueba y tendrá un valor equivalente a un día y medio de salario mínimo legal vigente.

Parágrafo

La inscripción y participación voluntaria en la evaluación de competencias y los resultados de las pruebas no afectarán la estabilidad laboral de los docentes y directivos docentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2715 de 2009