Micelio

Artículo 32

Dentro De Los Dos Primeros Años Del Término Del Contrato, El Contratista Dispondrá Del Plazo De Un (1) Año Para Efectuar Los Trabajos De Exploración Técnica Inicial Y De Amojonamiento De La Zona Concedida, Que Podrá Prorrogarse Por Seis (6) Meses, A Solicitud Justificada Del Mismo Interesado

Decreto 2638 de 1955 · Por el cual se dictan normas sobre descubrimiento, explotación, beneficio y distribución de las sustancias radioactivas

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dentro de los dos primeros años del término del contrato, el contratista dispondrá del plazo de un (1) año para efectuar los trabajos de exploración técnica inicial y de amojonamiento de la zona concedida, que podrá prorrogarse por seis (6) meses, a solicitud justificada del mismo interesado. Al vencimiento de dicho plazo o de su prórroga, el contratista deberá presentar al Ministerio los püanos topográfico y geológico respectivos, acompañados de la correspondiente memoria y de los prospectos de explotación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2638 de 1955