º La devolución de las licencias de las especialidades farmacéuticas, registradas hoy a favor del Fondo de Estabilización -Ley 39 de 1945-, en representación de la Nación colombiana, y que antes fueron propiedad de personas alemanas, queda sujeta al mismo régimen de las marcas, modelos y patentes, con la misma excepción de que se habla en el artículo primero de este Decreto. Dicha devolución deberá solicitarse ante la Sección respectiva del Ministerio de Salud Pública, acompañando los documentos que se mencionan en el artículo segundo.
Artículo 7
La Devolución De Las Licencias De Las Especialidades Farmacéuticas, Registradas Hoy A Favor Del Fondo De Estabilización -Ley 39 De 1945-, En Representación De La Nación Colombiana, Y Que Antes Fueron Propiedad De Personas Alemanas, Queda Sujeta Al Mismo Régimen De Las Marcas, Modelos Y Patentes, Con La Misma Excepción De Que Se Habla En El Artículo Primero De Este Decreto
Decreto 3109 de 1954 · Por el cual se dispone lo relativo a la manera como debe verificarse la cancelacion de la inscripcion y de los registro que hoy existen a favor del Estado colombiano, de marcas, patentes, digujos y modelos industriales y su traspaso a favor de personas alemanas
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.