° Las sucesiones que deban impuestos de masa global hereditaria, asignaciones y donaciones, recargos y sanciones, tendrán derecho a una rebaja del cincuenta por ciento (50%) en la sanción por mora en su pago, siempre que éste, se lleve a cabo antes del 31 de octubre de 1965.
Decreto 2527 de 1965 →Vigente
Artículo 1
Las Sucesiones Que Deban Impuestos De Masa Global Hereditaria, Asignaciones Y Donaciones, Recargos Y Sanciones, Tendrán Derecho A Una Rebaja Del Cincuenta Por Ciento (50%) En La Sanción Por Mora En Su Pago, Siempre Que Éste, Se Lleve A Cabo Antes Del 31 De Octubre De 1965
Decreto 2527 de 1965 · Por el cual se concede la rebaja de unos intereses
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.