° En consecuencia, a partir de esa fecha, se suprime el cargo de Director de la Orquesta Sinfónica de Colombia, y de los fondos apropiados en el presupuesto del Departamento de Cultura Popular y Extensión Artística, para sueldos del personal de esa Orquesta Sinfónica, se destina la suma de $ 1.500.00 mensuales, para pagar, mediante la celebración del contrato respectivo, los servicios de Director Artistico de la Orquesta antes dicha. Comuníquese y publíquese. Dado en San Andrés, Intendencia de San Andrés y Providencia, a 13 de noviembre de 1953. Teniente General GUSTAVO ROJAS PINILLA El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Carlos Villaveces. El Ministro de Educación Nacional, Manuel Mosquera Garcés.
Decreto 2959 de 1953 →Vigente
Artículo 2
En Consecuencia, A Partir De Esa Fecha, Se Suprime El Cargo De Director De La Orquesta Sinfónica De Colombia, Y De Los Fondos Apropiados En El Presupuesto Del Departamento De Cultura Popular Y Extensión Artística, Para Sueldos Del Personal De Esa Orquesta Sinfónica, Se Destina La Suma De $ 1
Decreto 2959 de 1953 · Por el cual se suprime un cargo y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.