Micelio

Artículo 1

Ámbito De Aplicación

Decreto 1415 de 2026 · Por el cual se adoptan medidas en materia de salud en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica por grave calamidad pública en parte del territorio nacional declarado mediante el Decreto 1261 de 2026, modificado por el Decreto 1348 de 2026

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las medidas previstas en este decreto se aplicarán exclusivamente en los municipios y distritos comprendidos en el ámbito territorial establecido en el artíclJlo 1 del Decreto 1261 de 2026, modificado por el Decreto 1348 de 2026 y por las demás normas que modifiquen el ámbito territorial de la emergencia declarada, incluidos los municipios y distritos que posteriormente sean incorporados a dicho ámbito con ocasión de la misma calamidad pública mediante decreto legislativo.

Dentro de ese ámbito, cada medida procederá únicamente respecto de las personas, instituciones, servicios, municipios y distritos cuya afectación directa por el sismo del 10 de agosto de 2026 se encuentre acreditada en los registros oficiales del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres vigentes a la fecha de la respectiva actuación, o mediante los mecanismos complementarios de acreditación que se establezcan. La pérdida sobreviniente de esa condición produce efectos solo hacia el futuro y no afecta las certificaciones expedidas, los compromisos adquiridos ni las prestaciones reconocidas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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