º . Dirección General. Son funciones de la Dirección General
Formular las políticas de la entidad, de conformidad con los lineamientos establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo y en los planes y proyectos especiales que con base en éste definan el Gobierno Nacional y el Consejo Directivo.
Dirigir, coordinar, vigilar y controlar el desarrollo de las políticas, y la ejecución de las funciones y los programas que le competan a la entidad, adoptar el plan general, velar por el cumplimiento de los términos y condiciones establecidos para su ejecución y evaluar los resultados de la gestión adelantada.
Organizar, dirigir y controlar de conformidad con las directrices trazadas por el Consejo Directivo, las actividades de la Red de Solidaridad Social, y ejercer todas las atribuciones relacionadas con su objeto, funciones, organización y funcionamiento.
Dictar y ejecutar los actos administrativos, realizar las operaciones, ordenar los gastos con cargo al presupuesto, conforme a las normas generales y reglamentarias del presupuesto nacional, los estatutos y acuerdos del Consejo Directivo y suscribir como representante legal los contratos y convenios necesarios para el cumplimiento de los objetivos y funciones asignados a la entidad, con arreglo a las disposiciones vigentes sobre la materia.
Presentar para consideración del Consejo Directivo, para que éste lo proponga al Gobierno Nacional, el proyecto de modificación de estructura de la entidad, y para estudio y aprobación por parte del Gobierno Nacional, el proyecto de modificación de planta de personal, en los términos y condiciones establecidas para el efecto.
Presentar al Consejo Directivo para su consideración y aprobación, las modificaciones de los estatutos internos de la entidad.
Recibir delegación para el ejercicio de funciones propias del Consejo Directivo y delegar aquellas funciones que le estén atribuidas, de conformidad con los criterios establecidos en la Constitución, las leyes y en otras disposiciones especiales sobre la materia.
Orientar y coordinar la gestión de todas las dependencias de la Red de Solidaridad Social, dirigir las funciones de administración de personal y aplicar el régimen disciplinario, de conformidad con las normas vigentes sobre la materia.
Adoptar los requisitos y procedimientos complementarios que deben cumplir los programas y proyectos de la Red de Solidaridad Social, así como los reglamentos, el manual específico de funciones y requisitos, el manual de procedimientos, y demás manuales necesarios para el cumplimiento de las funciones de la entidad.
Constituir mandatarios y apoderados que representen a la entidad en los asuntos judiciales y demás de carácter litigioso.
Someter a consideración y aprobación del Consejo Directivo, los planes y programas que se requieran para el desarrollo del objeto de la entidad, el proyecto de presupuesto, sus adiciones y traslados, así como los estados financieros, de conformidad con las disposiciones orgánicas y reglamentarias sobre la materia.
Crear, organizar y reglamentar mediante acto administrativo, órganos de asesoría y coordinación, comités sectoriales, grupos internos de trabajo y áreas funcionales de gestión en el nivel central y regional, con el propósito de garantizar una mayor agilidad en el funcionamiento de los proyectos y programas de la entidad.
Cumplir y hacer cumplir las decisiones y Acuerdos del Consejo Directivo, y presentar semestralmente a este órgano de dirección, informes de gestión y evaluaciones sobre la ejecución de los programas a cargo de la entidad.
Prestar la asistencia técnica a los miembros del Consejo Directivo, personalmente o a través de los diferentes funcionarios que éste designe, encargados de los diferentes programas que atiende la Red de Solidaridad Social.
Rendir informes generales o periódicos y particulares al Presidente de la República y al Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, en la forma que estos lo determinen, sobre el estado de ejecución de las funciones, actividades desarrolladas, la situación general de la entidad, así como las medidas adoptadas que puedan afectar el curso de la política del Gobierno.
Administrar el Fondo para la Atención Integral a la Población Desplazada por la Violencia, los demás fondos y bienes que constituyen el patrimonio de la entidad y controlar el manejo de los recursos financieros, para que estos se ejecuten de conformidad con los planes y programas establecidos y con las normas orgánicas del presupuesto nacional.
Garantizar el ejercicio del control interno y supervisar su efectividad y la observancia de sus recomendaciones.
Establecer mecanismos de participación de las comunidades, de las organizaciones no gubernamentales y de los beneficiarios potenciales, en los programas y proyectos que adelante la Red de Solidaridad Social.
Identificar criterios que permitan orientar el gasto social hacia los sectores más pobres y vulnerables de la población, determinar la población sujeto de los programas y proyectos que ejecute o coordine la Red de Solidaridad Social, teniendo en cuenta los índices de pobreza, vulnerabilidad, afectación por la violencia política y la eficiencia en la inversión pública social, de conformidad con los lineamientos formulados por el Gobierno Nacional y el Consejo Directivo.
Determinar las áreas prioritarias de inversión social que se financien con recursos asignados a la Red de Solidaridad Social para tal fin y definir las instancias de coordinación y concertación para los programas y proyectos de la Red de Solidaridad Social, y cuando sea necesario, organizar unidades territoriales para el manejo de los mismos.
Autorizar la ejecución y/o coordinación de programas o proyectos especiales que contribuyan a conjurar una situación de emergencia social o que demanden una atención especial e inmediata del Estado.
Organizar los sistemas y procedimientos para el seguimiento, evaluación y monitoreo de los programas que desarrolle la Red de Solidaridad Social, a nivel nacional.
Promover la obtención de recursos financieros de cooperación nacional e internacional, estos últimos a través de la ACCI, para llevar a cabo los programas y proyectos de la Red de Solidaridad Social.
Promover, programar y organizar la eficiente y racional distribución de las donaciones recibidas por la DIAN, favoreciendo prioritariamente a la población pobre, vulnerable y a la más afectada por la violencia en el país, de conformidad con los lineamientos señalados por el Gobierno Nacional y en los acuerdos del Consejo Directivo.
Las demás que la ley, los reglamentos y acuerdos del Consejo Directivo le asignen y aquellas que resulten de la representación legal y el ejercicio de la autonomía administrativa, en relación con la organización y funcionamiento de la entidad, y que no se hallen expresamente atribuidas a otra autoridad.