Articulo 19. Del Comité de Sistemas. Corresponde al Comité de Sistemas asesorar al Departamento en el estudio e implementación de nuevos métodos de trabajo y diferentes procesos de información o aplicaciones para sistematizar en el Departamento.
Decreto 147 de 1976 →Vigente
Artículo 19
Del Comité De Sistemas
Decreto 147 de 1976 · Por el cual se revisa la organización interna del Departamento Administrativo del Servicio Civil
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.