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Artículo 1

Adición De Un Capítulo Al Título Iii, Parte 5, Libro 2 Del Decreto 1075 De 2015

Decreto 1295 de 2016 · por el cual se reglamenta el premio José Francisco Socarrás al mérito Afrocolombiano, en la Educación, la Medicina, la Ciencia, la Cultura y la Política y se adiciona el Decreto 1075 de 2015, Ã?nico Reglamentario del Sector Educación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Adición de un capítulo al Título III, Parte 5, Libro 2 del Decreto 1075 de 2015. Adiciónense el Capítulo 11 al Título 3, Parte 5, Libro 2 del Decreto 1075 de 2015, la cual quedará así: “CAPÍTULO 11 PREMIO JOSÉ FRANCISCO SOCARRÁS Artículo 2.5.3.11.1. Objeto. Mediante el presente capítulo se reglamenta el premio José Francisco Socarrás al mérito afrocolombiano, en la Educación, la Medicina, la Ciencia, la Cultura y la Política, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7° de la Ley 1759 de 2015. Artículo 2.5.3.11.2. Categorías. El premio José Francisco Socarrás, se otorgará en las siguientes categorías: Mejores resultados en las pruebas de Estado Saber Pro. Mejor docente investigador. Artículo 2.5.3.11.3. Premio José Francisco Socarrás en la categoría Mejores resul- tados prueba de Estado Saber Pro. En esta categoría, el premio José Francisco Socarrás se otorgará a los estudiantes afrocolombianos que estando matriculados en alguno de los siguientes programas, hayan ocupado el primer lugar en las pruebas de Estado Saber Pro en el año inmediatamente anterior a la vigencia del presente decreto: Medicina. Licenciaturas. Formación complementaria de Escuelas Normales Superiores. Programas en Ciencias Exactas, Físicas y Naturales. Programas de Artes. Programas en Humanidades. El Icfes será la entidad responsable de identificar a las personas que hayan obtenido los mejores resultados en las pruebas de Estado Saber Pro, y de entregar la información respectiva en el mes de octubre de cada año al Ministerio de Educación Nacional para que proceda con el reconocimiento. Artículo 2.5.3.11.4. Premio José Francisco Socarrás en la categoría Mejor docente investigador. En esta categoría, el premio José Francisco Socarrás se otorgará al docente investigador afrocolombiano de instituciones de educación superior que, en el año inmediatamente anterior, se haya destacado en el ejercicio de su profesión o por su liderazgo en cada una de las siguientes áreas del conocimiento: Medicina. Educación. Ciencias Exactas, Físicas y Naturales. Artes. Humanidades. Artículo 2.5.3.11.5. Competencia. De acuerdo con la respectiva área del conocimiento, el responsable de reglamentar las condiciones, realizar la selección y definir el nominado a quien se le deberá entregar el premio en la categoría descrita en el artículo anterior, será el Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación (Colciencias), quien deberá informar en el mes de octubre de cada año al Ministerio de Educación Nacional, todos los nominados para que este proceda con el reconocimiento. Artículo 2.5.3.11.6. Reconocimiento. El premio de que trata el presente capítulo se entregará anualmente, en ceremonia que realizará el Ministerio de Educación Nacional. Artículo 2.5.3.11.7. Premiación . El premio José Francisco Socarrás consistirá en: Una medalla de 6 centímetros de diámetro y 3 milímetros de espesor, pendiente de una cinta con los colores tricolor. Un diploma que certificará su otorgamiento.

Parágrafo 1

Las medallas y diplomas estarán a cargo del Ministerio de Educación Nacional.

Parágrafo 2

El Premio José Francisco Socarrás es honorífico y no da lugar al reconocimiento de ningún tipo de beneficio o subsidio de carácter económico o asistencial”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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