La empresa estará administrada por la Junta Administradora, y un Director, respectivamente, quienes ejercerán sus funciones dentro de las atribuciones que a cada uno de ellos le confieren los presentes estatutos. CAPITULO CUARTO De la Junta Administradora.
Decreto 1930 de 1964 →Vigente
Artículo 12
La Empresa Estará Administrada Por La Junta Administradora, Y Un Director, Respectivamente, Quienes Ejercerán Sus Funciones Dentro De Las Atribuciones Que A Cada Uno De Ellos Le Confieren Los Presentes Estatutos
Decreto 1930 de 1964 · Por el cual se aprueban los estatutos del Instituto Nacional de Radio y Televisión
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.