Esta Ley será publicada y repartida profusamente en todos los Municipios, y sus disposiciones se fijarán en sitios inmediatos al en que funcionen los Jurados de Votación, para conocimiento oportuno de todos los ciudadanos.
Ley 14 de 1931 →Vigente
Artículo 7
Ley 14 de 1931 · Por la cual se adicionan las disposiciones vigentes sobre elecciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.