Micelio

Artículo 3

Ley 23 de 1946 · sobre autorizaciones al Gobierno en relación con las obras portuarias de Tumaco

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La financiación de las obras a que se refiere la presente Ley se hará con las sumas que no fueren gastadas anualmente, de la cuota de Fondo Ferroviario creado por la Ley 26 de 1945 , en el sector Diviso-Pasto. y con los recursos extraordinarios a que se refiere el artículo siguiente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 23 de 1946