Micelio

Artículo 2

Decreto 705 de 1958 · por el cual se hacen una distribución parcial de las partidas destinadas para el sostenimiento de becas en el interior.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De la partida apropiada en el Capítulo 393, artículo 4484 del Presupuesto Nacional vigente, para el sostenimiento de becas concedidas en los establecimientos que determine el Gobierno, destínase la suma de doscientos veinte mil setecientos cincuenta pesos (S 220.750.00) moneda corriente, distribuida así:

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 705 de 1958