ARTICULO 38. Junta Directiva. - La Junta Directiva del Club Militar estará integrada por los siguientes miembros
El Ministro de Defensa Nacional o su delegado, quien la presidirá;
El Comandante General de las Fuerzas Militares o su delegado;
El Comandante del Ejército o su delegado;
El Comandante de la Armada o su delegado;
El Comandante de la Fuerza Aérea o su delegado;
El Director General de la Policía Nacional o su delegado;
El Director de la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares;
El Director de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional.