Micelio

Artículo 50

Prima De Orden Público

Decreto 2063 de 1984 · Por el cual se reorganiza la carrera de Agentes de la Policía Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

PRIMA DE ORDEN PÚBLICO. Los Agentes que presten sus servicios en zonas donde se desarrollen operaciones para restablecer el orden público, tendrán derecho a una prima mensual de orden público, equivalente al veinte por ciento (20%) del sueldo básico. El Ministro de Defensa Nacional determinará las áreas en donde deba pagarse esta prima.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2063 de 1984