Micelio

Artículo 261

Los Recursos Del Fondo Se Destinarán Exclusivamente A Los Siguientes Fines: A) Financiar Total O Parcialmente, Operaciones E Inversiones De Carbones De Colombia S

Decreto 2477 de 1986 · por el cual se reglamentan las Leyes 60 de 1967, 20 de 1969 y 61 de 1979 y se dictan otras disposiciones.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los recursos del Fondo se destinarán exclusivamente a los siguientes fines

a)

Financiar total o parcialmente, operaciones e inversiones de Carbones de Colombia S. A., en proyectos y programas de prospección, exploración, explotación, beneficio, transporte, embarque y comercialización del carbón.

b)

Financiar parcial o totalmente, inversiones directas en prospección, exploración, explotación, beneficio, transporte y embarque de carbón, que emprendan empresas comerciales e industriales del Estado del orden nacional.

c)

Financiar a título oneroso proyectos y programas de la misma naturaleza que emprendan entidades públicas o personas naturales y jurídicas de carácter particular.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2477 de 1986