Micelio

Artículo 1

Decreto 1193 de 1976 · Por el cual se reglamenta la Ley 48 de 1946

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Para efectos del presente Decreto, se denominan agentes vendedores, representantes, agentes viajeros o agentes técnicos de ventas, las personas naturales que bajo la continuada dependencia de un patrono y mediante una remuneración, realizan, fuera de la factoría, la venta o distribuci6n de mercancías o bienes, y no constituyan por sí mismos una empresa comercial similar a la de su patrono.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1193 de 1976