Micelio

Artículo 251

Quedan Vigentes Las Disposiciones Que Establezcan Vedas, Prohibiciones O Restricciones Para El Ejercicio De La Caza Y Hasta Tanto La Entidad Administradora Del Recurso No Determine Los Animales Silvestres Que Puedan Ser Objeto De Caza, Esta Actividad No Podrá Realizarse Excepción Hecha De La Caza De Subsistencia

Decreto 1608 de 1978 · Por el cual se reglamenta el Código Nacional de los Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente y la Ley 23 de 1973 en materia de Fauna Silvestre

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Quedan vigentes las disposiciones que establezcan vedas, prohibiciones o restricciones para el ejercicio de la caza y hasta tanto la entidad administradora del recurso no determine los animales silvestres que puedan ser objeto de caza, esta actividad no podrá realizarse excepción hecha de la caza de subsistencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1608 de 1978