Micelio

Artículo 7

En El Reglamento Orgánico Del Almacén De Publicaciones, Que Dictará La Junta Directiva De La Imprenta Nacional, Se Fijarán Las Dependencias Que Lo Hayan De Componer, Su Denominación Definitiva, Como La De Cada Uno De Los Cargos, Las Funciones De Éstos, Sus Asignaciones, Y Se Determinarán Las Demás Obligaciones Y Deberes De Esta Sección De La Imprenta Nacional, En Armonía Con Las Circunstancias De Reorganización Referida En El Artículo 1°

Decreto 1576 de 1953 · Por el cual se reglamenta el artículo 2º del Decreto legislativo número 2113 de 5 de septiembre de 1952

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. En el reglamento orgánico del Almacén de Publicaciones, que dictará la Junta Directiva de la Imprenta Nacional, se fijarán las dependencias que lo hayan de componer, su denominación definitiva, como la de cada uno de los cargos, las funciones de éstos, sus asignaciones, y se determinarán las demás obligaciones y deberes de esta Sección de la Imprenta Nacional, en armonía con las circunstancias de reorganización referida en el artículo 1°.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1576 de 1953